En agosto de 2015 entró en vigor en Chile el reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Este reglamento establece, en su artículo 23, que las instituciones públicas pueden incluir en las bases de sus licitaciones para las adquisiciones institucionales “criterios y ponderaciones que se asignen a los oferentes, derivados de materias de alto impacto social”, y se entenderá por materias de alto impacto social, entre otras, “aquellas relacionadas con el cumplimiento de normas que privilegien el medioambiente, con la contratación de personas en situación de discapacidad o de vulnerabilidad social y con otras materias relacionadas con el desarrollo inclusivo; así como con el impulso a las empresas de menor tamaño y con la descentralización y el desarrollo local”.
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